Una de las noticias que lanzó en las últimas semanas el gobierno tratando de correr el eje de los problemas económicos fue el nuevo Plan de Becas PROGRESAR. La medida fue comunicada por los medios como un relanzamiento del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROG.R.ES.AR), creado por el gobierno de Cristina Fernández en el año 2014.
Entre los anuncios se destacaba que se le asignaría un presupuesto de 10 mil millones de pesos para 2018 y una suba de los montos para los beneficiarios. Se indicaba que como contrapartida el programa pasaría a ser administrado por el Ministerio de Educación, en lugar de por el ANSES.
Según la nota de Luciana Vázquez para La Nación el ministro de Educación Alejandro Finocchiaro había destacado que el “El Programa Progresar fue concebido casi como un subsidio, no había una lógica educativa”. Según los medios, en el futuro se pedirían mayores exigencias académicas y se premiaría el mérito y el compromiso. Las becas tendrían montos diferenciados según el nivel educativo, y para el caso de los universitarios se premiaría el rendimiento académico y la carrera seleccionada, privilegiando aquellas definidas como estratégicas en términos de desarrollo productivo y mercado de trabajo.
El mismo día del anuncio la economista Lucía Cirmi Obón publicó en twitter varios comentarios sobre el tema. Pero antes de seguir con el análisis vayamos unos pasos atrás.
Programa Nacional de Becas Universitarias y Becas Bicentenario
De 1996 a 2003
El año 1996 será recordado tanto en el ámbito educativo como en el de ciencia y técnica como el momento donde se redefinieron las políticas. Ese año se aprobó un nuevo estatuto para el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) mediante el Decreto 1661/96 y se creó la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT) por el Decreto N° 1660/96.
También el Congreso aprobó la Ley Nº 24.521 de Educación Superior (LES). Esta norma introdujo novedades, como la creación de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) y la obligación de evaluar las instituciones y de acreditar las carreras de interés público periódicamente. Estos cambios generaron conflictos en las universidades y un gran número de presentaciones judiciales. La LES es la única ley del ámbito educativo dictada en la década de 1990 que sigue vigente, aunque con algunas modificaciones, salvo para la Universidad de Buenos Aires, donde Fallo Marinelli mediante varios artículos fueron declarados inconstitucionales. Sería distraernos del eje de la nota tratar de explicar cómo una Ley puede ser inconstitucional para una institución y no para el resto, por lo que quedará para otro momento.
Un hecho quizás menos recordado es que también en el año 1996 se aprobó la Resolución 464/96 del Ministerio de Educación que creó en el ámbito de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) el PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS (PNBU), tal como estaba previsto en la LES. El objetivo del PNBU era “habilitar el acceso, permanencia y promoción de estudiantes de escasos recursos económicos a distintas carreras universitarias a fin de promover la equidad e igualdad de oportunidades”.
La resolución establecía que la beca sería de un monto anual de $3.000, quedando en manos de la SPU la cantidad de becas a asignar anualmente en función de los recursos disponibles. La asignación de las becas la haría una Comisión de Adjudicación y el reglamento fijaba como condición un máximo de $1.200 de ingresos familiares mensuales, priorizando jefe de hogar o cónyuge desocupado o subocupado.
Uno de los parámetros evaluados era la trayectoria académica, dando prioridad a los alumnos con mayor promedio y exigiendo como criterio de renovación el cumplimiento del cursado y aprobación de las materias contempladas en el plan de estudios. Además se tenía en cuenta la carrera elegida, dando prioridad a carreras prioritarias, a los alumnos más alejados de la sede universitaria que ofrecía la carrera elegida y la edad del solicitante, pudiendo tener los aspirantes un máximo de 30 años.
Ese mismo año se reemplazó el reglamento mediante la Resolución 581/96 para “prever algunos aspectos no contemplados” en la norma anterior. Con esta segunda resolución se sumó como requisito para los alumnos que estuvieran cursando los dos últimos años de la carrera acreditar un promedio mayor a 8 puntos en los dos períodos anuales anteriores y un índice de regularidad equivalente a la duración teórica de la carrera.
Asimismo a los efectos de evaluar el desempeño académico se flexibilizó el requisito de tener un promedio mayor a 7 puntos, pasando a 5 puntos para aquellos hogares con ingresos mensuales menores a $600 mensuales y sólo durante el primer año de beca. En relación con la regularidad también se bajó la exigencia, pasando a pedirse aprobar como mínimo las dos terceras partes del rendimiento teórico del plan de estudios.
Mediante la Resolución 1122/96 se asignaron un total de 1.500 becas, abonando una primera cuota de $1.000 en septiembre y una segunda de $2.000 en octubre. El presupuesto para el programa demandó $4.500.000.
Si bien en las convocatorias posteriores se hicieron ajustes a la normativa, estos fueron menores. Recién la Resolución 1219/2001 aprobó un nuevo reglamento para las PNBU. Una de las novedades consistió en habilitar la posibilidad de establecer categorías de becarios según las necesidades económicas, en función de los resultados de las auditorías del programa.
Mediante la Resolución 10/2002 el Ministerio de Educación bajó el límite de ingresos máximos familiares a $1.000 y asimismo bajó el monto total de la beca a $2.500 anuales, lo cual limitó el universo de beneficiarios así como la ayuda que recibían.
De 2003 a 2015
En el año 2004 el diario La Nación titulaba “Recursos limitados para las becas universitarias”. Esto marcaba el limitado efecto que tenía el PNBU. A partir de ese momento esto iba a cambiar. Por la Resolución 1406/2005 el Ministerio de Educación bajó el requisito de rendimiento académico de siete a seis puntos. El Ministerio dictó un nuevo reglamento para el PNBU a través de la Resolución 1299/2006, en la que se ordenaron modificaciones menores que se habían realizado durante los últimos años.
En paralelo el Ministerio nombró una comisión encargada de elaborar propuestas tendientes al mejoramiento de la enseñanza de las ciencias exactas y naturales. La comisión estuvo integrada por Rebeca Guber, Pablo Jacovkis, Diego Golombek, Alberto Kornblihtt, Patricia Sadovsky, Pedro Lamberti, Francisco Garcés, Alejandro Jorge Arvía y Julia Salinas. En representación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, participaron el Secretario de Educación, Juan Carlos Tedesco, el Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Tulio Del Bono, la Directora del Instituto Nacional de Formación Docente, María Inés Vollmer, la Directora Nacional de Gestión Curricular, Laura Pitman, y la Directora Nacional de Información y Evaluación de la Calidad de la Educación, Marta Kisilevsky. El trabajo generó un número interesante de propuestas concretas, que se formalizaron en el informe final presentado en agosto del año 2007. Una de las propuestas de la comisión fue declarar el 2008 como “Año de la Enseñanza de las Ciencias”, lo que se aprobó con el Decreto 154/2007.
En diciembre del año 2007, al asumir la presidencia Cristina Fernandez, se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (MinCyT). De esta forma el CONICET y la ANPCyT dejaron de depender del Ministerio de Educación.
El gobierno redobló la apuesta por la consolidación de un modelo de desarrollo industrial basado en la ciencia y la tecnología. En ese marco se dictó el Decreto 99/2009 que creó el PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTIFICAS Y TECNICAS (PNBB), en el ámbito del Ministerio de Educación. La finalidad fue “incrementar el ingreso de jóvenes provenientes de hogares de bajos ingresos para que estudien una carrera universitaria o tecnicatura considerada estratégica para el desarrollo económico y productivo del país, así como también incentivar la permanencia y la finalización de los estudios de grado y tecnicaturas en este campo clave para el desarrollo”.
De esta forma se eliminó el subprograma de carreras “prioritarias”, con cupo propio pero dentro del PNBU, y pasó a ser un programa independiente con estipendios de mayor valor. El reglamento del PNBB se aprobó por la Resolución 855/2009. Las condiciones para acceder al programa se fijaron con criterios similares a los del PNBB, con una excepción: los postulantes egresados de Escuelas Técnicas de gestión estatal podían acceder al beneficio sin importar su condición económica. Esto significó un claro estímulo para aquellos egresados de escuelas técnicas que optaran por cursar carreras estratégicas. Cabe destacar que, por su formación de nivel medio especializada en general estos alumnos tienen mejor rendimiento en estas carreras universitarias que el promedio. Otra diferencia radicó en que la edad máxima para los postulantes se fijó en 25 años, cinco años menos que el límite para las PNBU.
El reglamento del PNBU se modificó con la Resolución 413/2010 subiendo la edad máxima requerida a los 35 años y dando prioridad a egresados de escuelas medias estatales o con al menos un 75% de subvención estatal, entre otras adecuaciones. Posteriormente se cambió mediante la Resolución 642/2013 y la 2751/2013, determinando requisitos de avance en la carrera en función de la cantidad de años de la misma.
La Resolución 2416/2014 adecuó el programa al PROG.R.ES.AR, lanzado a principios de ese mismo año. Se eliminó el límite de edad para alumnos avanzados y se estableció que estarían exceptuados del cumplimiento de los requisitos socioeconómicos los alumnos que superaran en un 10% o más los requisitos académicos exigidos según el año de ingreso al Programa. La Resolución 4560/2014 fijó la cantidad de materias que debían adeudar los alumnos avanzados e incorporó los profesorados y tecnicaturas dictados en Universidades Nacionales y que no estaban incorporados en el PNBB.
El reglamento del PNBB se modificó con la Resolución 742/2010 subiendo la edad máxima requerida a los 27 años y dando prioridad a egresados de escuelas medias estatales o con al menos un 75% de subvención estatal, y se cambiaron los requisitos de avance en la carrera, entre otras adecuaciones. Por la Resolución 3011/2013 se incrementó el límite de edad a los 40 años para el caso de los alumnos de terminalidad y se establecieron los mismos requisitos de avance en la carrera en función de la cantidad de años de la misma que los de la 2751/2013 para el PNBU. La Resolución 2487/2014 hizo ajustes menores y la Resolución 3286/2014 adecuó el programa al PROG.R.ES.AR. Como veremos más adelante con la creación del PROG.R.ES.AR el universo de estudiantes alcanzados se incrementó sustancialmente.
De 2015 a 2017
A poco de asumir el gobierno del presidente Mauricio Macri se aprobó la Resolución 153/2016 que hizo ajustes menores en el PNBU. A fines del año 2016 se aprobó la Resolución 2386/2016 que creó el PROGRAMA ARGENTINA BECA (ArBec). El ArBec, que funcionó en el ámbito de la Dirección Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado, unificó la gestión en una plataforma única de las líneas de becas PNBB, PNBU, Becas Internacionales, Becas para la Formación Docente, Becas Inclusión de Alumnos de Pueblos Originarios, Becas Inclusión de Alumnos Bajo Protección Judicial, Becas de Estudio Padrinazgo Presidencial, Becas de Estudio Islas Malvinas y del Atlántico Sur, Programa BECAR y Programa de Formación y Capacitación para el Sector Educativo (PROFOR).
A comienzos del año 2017, mediante la Resolución 485/2017, el gobierno aprobó un nuevo reglamento para el PNBU que cambió sustancialmente el programa. El período de convocatoria se fijó del 1/2 al 31/12 de cada año. Esto flexibilizaba la inscripción, que en la práctica era permanente.
La edad de los postulantes a ingresar se estableció entre 25 y 30 años, no habiendo límite para los avanzados. El requisito para recibir la beca se fijó en ser egresado del nivel medio, sin distinguir escuelas públicas y privadas. Se eliminó la excepción del cumplimiento de los requisitos socioeconómicos a los alumnos que superaran en un 10% o más los requisitos académicos exigidos según el año de ingreso al Programa.
Además se modificó el criterio de rendimiento académico. Por ejemplo, en las carreras cuya duración era de 5 años según el plan de estudios correspondiente, la diferencia de requisitos para la renovación era el siguiente:
Año de Cursada | Resolución 2416/2014 | Resolución 485/2017 |
2do Año | 2 materias | 50% de materias de 1er año |
3er Año | 4 materias | 50% de materias de 1er y 2º año |
Entre el 4to y el 7mo año de cursada el requisito siguió fijado en 25%, 40%, 50% y 75% del total de las materias, respectivamente.
De esta forma se incrementó sustancialmente el requisito académico para la renovación en los primeros dos años.
En el caso de las PNBB, con la Resolución 144/2017 se incorporó la LÍNEA BECAS PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE ENFERMERÍA (LÍNEA BECAS PRONAFE) y la Resolución 1242/2017 fijó la edad de los postulantes a ingresar entre 25 y 30 años, y la de avanzados en 35 años. El requisito para recibir la beca se fijó en ser egresado del nivel medio, sin distinguir escuelas públicas y privadas. Se eliminó la excepción del cumplimiento de los requisitos socioeconómicos a los alumnos que superaran en un 10% o más los requisitos académicos exigidos según el año de ingreso al Programa. Además se modificó el criterio de rendimiento académico quedando igual al del PNBU.
La Resolución 3371/2017 creó dentro del PNBU y PNBB la LÍNEA BECAS DE INGRESO para el acceso a la educación superior de estudiantes de 18 a 24 años y fijó el beneficio en $15.000. La Resolución 4454/2017 creó dentro del PNBB la LÍNEA BECAS DE TERMINALIDAD PARA CARRERAS ESTRATÉGICAS para estudiantes que estén cursando el último año y adeuden un mínimo de 3 y un máximo de 7 materias de carreras de grado consideradas estratégicas para el desarrollo productivo y tecnológico del país, definidas para cada Convocatoria. El Reglamento quedó establecido en su Anexo.
Hasta finales del año 2017 los programas PNBU y PNBB siguieron existiendo, aunque se omitió su mención al anunciar el nuevo programa de Becas Progresar. Veremos entonces más adelante las similitudes y diferencias entre los PNBU, PNBB, el PROG.R.ES.AR y el nuevo programa de Becas Progresar.
Para finalizar el análisis de los programas de becas, la Tabla I muestra la evolución de la cantidad de becas asignadas y del monto anual asignado al PNBU y al PBNN desde su creación en los años 1996 y 2008, respectivamente. Se observa un sostenido incremento de la cantidad de becas otorgadas mediante el PNBU entre los años 2004 y 2014 y una cantidad importante de nuevas becas dedicadas a carreras prioritarias, producto de la creación del PNBB. Hasta el año 2012 los montos de los estipendios se mantuvieron fijos, por lo que el efecto de la beca fue cada vez más acotado en comparación con el asignado en los inicios del programa.
Tabla I: Evolución de la cantidad de becas asignadas y del monto anual asignado al PNBU y al PBNN.
Para cerrar este resumen vale aclarar que en el año 1997 también se creó un Programa Nacional de Becas Estudiantiles (PNBE) orientado a asistir a estudiantes de nivel primario y secundario cuyas familias tuvieran dificultades económicas. Para el año 2007 se estaban otorgando 500.000 becas a través del PNBE, que se proponía estimular la permanencia, promoción y egreso de la educación primaria y secundaria de aquellos estudiantes que se encuentren en riesgo de abandonar el sistema educativo por su situación de indigencia y/o pobreza.
Asimismo el Programa Nacional de Inclusión Educativa (PNIE)), tenía dos líneas de acción: “Todos a Estudiar” y “Volver a la Escuela”, destinados a jóvenes de entre 11 y 18 años y a niños de entre 6 y 14 años, respectivamente. Este programa asignaba 109.000 becas. Tanto el PNBE como el PNIE se discontinuaron con la implementación en el año 2009 de la Asignación Universal por Hijo (AUH)
Además en el año 2007 se asignaban 15.000 becas a estudiantes pertenecientes a pueblos originarios y 1.295 becas para beneficiarios de la ley N° 20.843 (Padrinazgo Presidencial) y ley N° 23.490 (Islas Malvinas y del Atlántico Sur). Estos subprogramas específicos continúan actualmente.
Asimismo existieron en los últimos 15 años programas de becas para estudiantes de los Institutos de Formación Docente.
Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROG.R.ES.AR)
Hasta el año 2009 el estado nacional tenía diversas políticas de asistencia a los sectores de menores recursos. Ese año, mediante el DNU 1602/2009, se incorporó a la protección social la AUH. En el año 2011, a través del DNU 446/2011, se sumó la Asignación por Embarazo. Estos dos beneficios ponían en situación de igualdad a los sectores de menores recursos sin trabajo formal con aquellos con empleo en blanco.
Y acá entra en escena Lucía Cirmi Obón, una joven economista que trabajaba con Emmanuel Álvarez Agis. Primero como subsecretario de Programación Macroeconómica de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, entre diciembre de 2011 y noviembre de 2013 y luego como Secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo del mismo ministerio, desde el 22 de noviembre de 2013 hasta el 10 de diciembre de 2015, Álvarez Agis y su grupo trabajaban en el diseño de políticas económicas que atendieran al núcleo duro de la desocupación, que se encontraba entre los jóvenes.
En agosto de 2012 Lucía le mandó un mensaje a Emmanuel diciéndole que en función de lo que habían analizado en reuniones previas, y ante la posibilidad de implementar alguna medida que complementara a la AUH, le parecía que podía ser una buena idea una nueva Asignación Universal. Pero la medida esta vez estaría destinada a jóvenes sin empleo formal con un grupo familiar de características similares a la AUH y que la contraprestación podía ser el certificado de alumno regular de una institución educativa. Lucía entendía que capacitar a esos jóvenes era calificar recursos humanos para el futuro, disminuir la escisión social y al mismo tiempo impulsar la demanda efectiva. Ella proponía que se llamara “AUEs” (Asignación Universal para Estudiantes Adultos) o “PROGRESAR” (Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina).
Lucía Cirmi Obón y Emmanuel Álvarez Agis participaron de la génesis del PROG.R.ES.AR, y luego con el apoyo del ministro de economía y finanzas Axel Kicillof y la aprobación de la presidenta Cristina Fernández, fueron los responsables de su implementación. Por lo tanto conocen bien el sentido que se le quiso dar al PROG.R.ES.AR y cómo se lo llevó a la práctica.
Luego de los necesarios estudios, análisis y reuniones el 22 de enero de 2014 la presidenta Cristina Fernández anunció, la puesta en marcha del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROG.R.ES.AR). La medida, que se formalizó mediante el DNU 84/2014, tenía el fin de generar nuevas oportunidades de inclusión social y laboral a los jóvenes en situación de vulnerabilidad a través de acciones integradas que permitan su capacitación e inserción laboral. Lucía Cirmi Obón se ocupó en el primer año de funcionamiento de la coordinación del programa y Emmanuel Álvarez Agis presidió el Comité Consultivo como representante del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
En el beneficio se incluyeron a los jóvenes entre 18 y 24 años de edad inclusive residentes en el país que no tuvieran un trabajo formal y cuyos ingresos familiares fueran inferiores al salario mínimo, vital y móvil. En el año 2015, mediante el DNU 505/2015, el ingreso familiar máximo se incrementó a tres salarios mínimos. Para el año 2014 la prestación se fijó en $600, que fue subida a $900 en el año 2015.
Para participar en el programa se requirió acreditar la asistencia a una institución educativa de gestión estatal o a centros de formación acreditados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a los efectos de finalizar la escolaridad obligatoria, iniciar o facilitar la continuidad de una educación superior y realizar experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo. A los efectos del cobro del 100% de la percepción y para permanecer en el programa se requirió la presentación de certificado de asistencia así como de control de salud.
Para el caso que el beneficiario cursara estudios terciarios o universitarios se exigió acreditar la aprobación de una cantidad de materias similar a la establecida por la Resolución 413/2010 para las PNBU. Es decir que es FALSO que en el PROG.R.ES.AR no hubiera una exigencia académica. En el caso de otro tipo de estudios, se pagaba el beneficio en la medida que se estuviera cursando.
Otro aspecto interesante del programa fue que se creó un Comité Consultivo conformado por representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del de Educación, del de Desarrollo Social, del de Salud, del de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, del de Interior y Transporte, del de Seguridad, del de Defensa, del ANSES y del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, quien lo presidía.
El Ministerio de Educación debía coordinar con las distintas jurisdicciones a los efectos de lograr garantizar las condiciones para el ingreso, la reinserción y permanencia de los titulares de la prestación en el sistema educativo. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social debía ocuparse de las acciones para el acompañamiento de los titulares del PROG.R.ES.AR a través del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y otras actividades o programas que tuvieran por objeto la capacitación e inserción laboral de los jóvenes incluidos en el Programa. En algunos casos la capacitación consistía en el acompañamiento para armar un “Curriculum vitae” (CV) o capacitación para entrevistas laborales. Estos cursos, que pueden considerarse una trivialidad para ciertos sectores sociales, son esenciales para aquellos que justamente deben avanzar en condiciones más desventajosas, como ocurre por ejemplo cuando se carece de acompañamiento familiar.
El Ministerio de Desarrollo Social debía desplegar acciones para fomentar la inserción de los jóvenes en el Programa así como aquellas tendientes a que los titulares de la prestación que tuvieran hijos a cargo contaran con espacios o lugares para su cuidado durante su capacitación. Además se asignaron tutores para acompañar la trayectoria de los beneficiarios.
Si se comparan los programas de becas PNBU y PNBB con el PROG.R.ES.AR se ve que los primeros incluían a individuos que se incorporaron en el último. Para aquellos estudiantes beneficiarios del PNBU de entre 18 y 24 años el PROG.R.ES.AR no significó ninguna diferencia, dado que los requisitos y el monto del beneficio eran iguales. Aquellos estudiantes beneficiarios del PNBB de entre 18 y 24 años siguieron cobrando el monto del PNBB, que era mayor, por ser cursantes de carreras prioritarias. Hasta el año 2016 los PNBU y PNBB siguieron beneficiando a estudiantes de entre 25 y 35 años, que quedaban fuera del PROG.R.ES.AR. Y estos programas siguieron teniendo un cupo de becas, dado por el presupuesto asignado anualmente.
En cambio el PROG.R.ES.AR, al ser un derecho de carácter general, alcanzaba a todos los jóvenes de entre 18 y 24 años sin trabajo formal con ingresos familiares menores a 3 salarios mínimos y que estuvieran capacitándose. Es decir que a diferencia de los PNBU y PNBB no existía un orden de mérito ni una línea de corte de beneficiarios en función de la cantidad de becas disponibles.
El gráfico 1 muestra la cantidad de beneficiarios del PROG.R.ES.AR según documento de trabajo “El ajuste del Progresar: del Plan universal a la Beca individual” del Centro de Economía Política Argentina (CEPA)
Gráfico 1: Cantidad de beneficiarios del PROG.R.ES.AR según documento de trabajo “El ajuste del Progresar: del Plan universal a la Beca individual” del Centro de Economía Política Argentina (CEPA)
Becas PROGRESAR
El 30 de enero pasado el presidente Mauricio Macri y el Educación Alejandro Finocchiaro presentaron el Plan de Becas PROGRESAR. El anuncio se promocionó en los medios como un “relanzamiento del PROG.R.ES.AR” pero con beneficios de mayores montos, mayores exigencias para la renovación, y privilegio para carreras como ingenierías, enfermería y docencia.
La formalización del cambio se realizó mediante el DNU 90/2018 que eliminó el carácter de “beneficio” universal al programa, y lo pasó de la ANSES al Ministerio de Educación. Se eliminó del grupo de beneficiarios a los extranjeros que tuvieran residencia legal en el país no inferior a 5 años previos a la solicitud. El programa se limitó a los asistentes a una institución educativa pública debidamente acreditada, quedando excluidas por ejemplo las capacitaciones laborales dependientes del Ministerio de Trabajo en el marco del “PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO”.
Otro de los cambios fue que el programa se limitó a un máximo de 10 cuotas mensuales, mientras que en el PROG.R.ES.AR se percibía durante 12 meses. También se eliminaron los artículos 11 a 17 del DNU 84/2014 que establecían las misiones y funciones del Comité Ejecutivo y del Comité Consultivo, siendo ahora el Ministerio de Educación el único participante del programa.
La Resolución 138/2018 fijó las condiciones de funcionamiento del nuevo Programa PROGRESAR. En su Anexo se estableció la finalidad, universo alcanzado, requisitos y condiciones, obligaciones y demás características de los tres tipos de beca: PROGRESAR PARA LA FINALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA (educación primaria y secundaria), PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (educación universitaria y terciaria no universitaria) y BECAS PARA EL FOMENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL (educación técnica).
En el caso del PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR se determinó que existirá un premio para los becarios que aprueben el 100% de las materias según plan de estudio y año de cursada y a su vez tengan promedio de 8 o superior respecto del mismo. El premio se abonará por única vez junto con la primera cuota del año siguiente en el cual el joven cumplió con esas y consistirá en un monto equivalente a 10 cuotas correspondientes a la beca del año en que cumplió esas condiciones.
Las Resoluciones 19/2018, 20/2018 y 21/2018 de la SPU abrieron las convocatorias de las BECAS PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, BECAS PROGRESAR PARA LA FINALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA y BECAS PARA EL FOMENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, respectivamente, correspondientes al año 2018. El Anexo I de la Resolución 19/2018 es igual al Anexo de la Resolución 138/2018, mientras que los Anexo II y III listan las carreras no universitarias y universitarias consideradas estratégicas para esta convocatoria y las instituciones donde se cursan. El usuario de twitter Javier Molina (@jvrmln) puso los listado de carreras no universitarias y universitarias en un formato amigable para la búsqueda.
La inscripción de la primera convocatoria 2018 se extenderá desde el 1/2/2018 al 31/3/2018, quedando supeditada la posibilidad de una inscripción en el segundo semestre a la disponibilidad presupuestaria. Los montos para las carreras universitarias son los que se muestran en la Tabla I para el año 2018.
Para el caso de las BECAS PROGRESAR PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR el listado de carreras estratégicas tiene variaciones según la región del país para contemplar las especificidades. También se fijaron los montos de las becas para las carreras universitarias y terciarias, tanto para la convocatoria general como para las carreras estratégicas. El criterio de regularidad académica, tanto para los postulantes que accedan por primera vez a la beca como los renovantes, se fijó en el 50% de las materias aprobadas a partir del momento en que obtuvieron la beca por primera vez.
Para las BECAS PROGRESAR PARA LA FINALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA y para las BECAS PARA EL FOMENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL se estableció un monto de $12.500 anuales frente a los $10.800 que se percibieron desde el año 2015 en el marco del PROG.R.ES.AR.
Si bien no ha sido explicitado en las normas dictadas, según lo informado por el Ministerio de Educación los PNBU y PNBB dejarían de existir, quedando automáticamente incluidos en las nuevas Becas PROGRESAR.
Las consecuencias del nuevo programa
Al conocerse la eliminación del beneficio PROG.R.ES.AR y la creación del programa de Becas PROGRESAR Lucía Cirmi Obón fue entrevistada por María O´Donnel en Tarde para Nada en Radio con Vos y por Diego Iglesias en Ahora es cuando en Radio Blue. También junto a Adrián Rozengardt publicó una columna de opinión en Página 12.
La economista del CEPA Eva Sacco también publicó su opinión y su enfoque fue profundizado por la posterior cobertura del informe del CEPA antes mencionado. También opinó con respecto a los cambios realizados Emmanuel Álvarez Agis para A Pura Radio por LT9 de Santa Fe.
En todos los casos se remarcó que el nuevo programa brinda una menor cobertura que el anterior. Al mismo tiempo se pide un rendimiento académico mayor que el requerido por las propias universidades para mantener la regularidad de los estudios. Esto genera una inconsistencia, dado que se pide un mayor rendimiento justamente a jóvenes de sectores con mayores dificultades.
Por otra parte no queda claro si el programa tendrá tutores. La existencia de este rol era una buena iniciativa contemplada en el PROG.R.ES.AR. Por unos meses, durante el año 2015 asistí a reuniones del Consejo Consultivo junto al grupo que representaba al MinCyT. Allí habíamos propuesto que los estudiantes de carreras prioritarias tuvieran como tutores docentes de esas carreras, lo que podía aumentar la efectividad del apoyo.
Otro aspecto que parece haber desaparecido es la posibilidad que los beneficiarios cuenten con Centros de Desarrollo Infantil dependientes del Ministerio de Desarrollo Social. Teniendo en cuenta que una parte importante de los posibles beneficiarios del programa son jóvenes mujeres que deben cuidar hijos o hermanos menores, contar con estos centros significa simplemente la posibilidad de poder o no poder estudiar.
También debe tenerse en cuenta que el monto del PROG.R.ES.AR no se actualizó durante 2016 y 2017, lo que significó que el poder de compra cayera a más de la mitad del original. Tanto este hecho como la disminución de beneficiarios habían sido denunciados el año pasado por Lucía Cirmi Obón en una nota en El Cronista. Aun con el aumento anunciado en la convocatoria 2018 no se recupera el poder adquisitivo que tenía la asignación en 2015.
Además el Progresar está pensado para asistir a familias de bajos ingresos. En ese sentido, montos del orden de $1.600 mensuales sólo sirven para cubrir gastos ocasionados por el estudio, pero no permiten compensar el ingreso que podría generar ese joven en un trabajo informal. Para tener una referencia, las becas que otorgan el CONICET y las Universidades Nacionales para realizar estudios de posgrado son de montos de aproximadamente $18.000 mensuales. Por lo tanto un ingreso equivalente para un estudiante de grado debería estar entre $9.000 y $12.000 mensuales. Como referencia, los $3.000 anuales que tenían como beneficio las PNBU en 1996 serían un equivalente a $5.000 mensuales o $60.000 anuales en la actualidad. De hecho, el MinCyT otorga entre 10 y 20 becas para cursar las carreras de ciencias de la atmósfera y oceanografía, y los estipendios de esas becas son de $10.000 mensuales aproximadamente.
Otro dato que llama la atención es que en el lanzamiento del nuevo programa de becas se ha destacado que el mismo tiene asignado un monto de $10.000 millones. En la Tabla II se muestra el monto asignado en los presupuestos 2016, 2017 y 2018 al PROG.R.ES.AR y a los PNBU y PNBB. Si se tiene en cuenta que se ha aumentado el monto de las asignaciones es evidente que habrá menos beneficiarios.
Tabla II: Montos asignados al PROG.R.ES.AR, PNBU y PNBB en presupuesto aprobados para 2016, 2017 y 2018.
Finalmente, el formato anterior del PROG.R.ES.AR tenía un problema derivado de la demora en el inicio del cobro del beneficio. El proceso de inscripción, evaluación, comunicación y pago demora entre 4 y 6 meses. Se supone que los estudiantes deben comenzar a cursar y financiar durante ese período los gastos que luego se le abonan en conjunto. Justamente el sector al que está dirigido el programa es aquel que no cuenta con los recursos materiales para “aguantar” entre 4 y 6 meses.
Es por eso que era razonable no ser exigente con la regularidad en el primer año del beneficio. Por otra parte el programa era de renovación automática, por lo que esta demora solamente se generaba en el primer año. Con el nuevo formato de Becas PROGRESAR de inscripción y evaluación anual esta demora se generará todos los años y este efecto de ahogo por varios meses será permanente.
Con los cambios aprobados habrá una diferencia entre la cantidad de jóvenes que antes recibían el PROG.R.ES.AR o los PNBU y PNBB y los que ahora recibirán las nuevas becas PROGRESAR. Esta diferencia está conformada por varios grupos. Por una parte, los mayores de 25 años que ahora ya no podrán inscribirse para aspirar a una beca. Por el otro aquellos jóvenes que tomaban cursos cortos de capacitación laboral dictados por el Ministerio de Trabajo, que ahora no están contemplados en la oferta formativa. Y por último los jóvenes que no podrán cumplir con las condiciones de regularidad más restrictivas que se han impuesto, y que como destacan los expertos es mayor al del resto de los estudiantes que no tienen el beneficio y que por lo tanto cuentan con mejores condiciones socio-económicas.
Es claro que los cambios no tienden, como se informó, a impulsar la inscripción en carreras prioritarias, dado que esto ya se hacía con el PNBB. Tampoco es cierto que con el PROG.R.ES.AR no hubiera la obligatoriedad de cumplir con requisitos de regularidad. De hecho, si esto no se verificó durante los años 2016 y 2017 fue por exclusiva responsabilidad del actual gobierno.
Si, como indicó el ministerio de educación, a diciembre de 2017 había 100.000 beneficiarios del PROG.R.ES.AR que estaban inscriptos en carreras universitarias y que no habían cumplido con el requisito de aprobar 2 materias, ¿subir esta exigencia ayudará a que este número disminuya? ¿Es esta la mejor medida pedagógica que se les ocurre? ¿No hubiera valido la pena intentar, a través de los tutores, relevar cuáles eran las razones de esos incumplimientos para generar acciones conducentes a que estos bajen? La esencia del PROG.R.ES.AR no fue remarcarles a los jóvenes con dificultades que ellos no se están esmerando lo suficiente. El objetivo fue disminuir las asimetrías e inequidades de las que les tocó partir.
La única consecuencia clara que va a tener el cambio anunciado va a ser una disminución en el gasto, en línea con lo que se ha venido realizando en los organismos del sistema de ciencia y técnica y con los programas nacionales de educación y salud. Para los jóvenes de sectores vulnerables, PROG.R.ES.AR será más difícil.
(Una versión resumida de esta nota se publicó en El Cohete a la Luna)